Chefs & Law, Propone Revisar la Regulación en Francia sobre los Stagiers
Parece una propuesta interesante, para evitar que sigan surgiendo problemas con los stagiers, y el daño que esto ocasiona al buen nombre del Restaurador.
CHEF & LAW anima a los restaurante gastronómicos españoles a seguir la regulación de los Stagiers (estudiantes en formación) en Francia, cuna de la Guía Michelin
LAS PRÁCTICAS DE ESTUDIANTES EN LOS RESTAURANTES DE ALTA GASTRONOMÍA SIN REGULAR CORRECTAMENTE SON ILEGALES, SEGÚN ALERTA CHEF & LAW
En Francia se limita el número de Stagiers en función de la plantilla del restaurante
Chef & Law, el área especializada en alta hostelería del despacho de abogados 2Ms Abogados, aclara legalmente todo el tema surgido a raíz de los casos de aparentes prácticas laborales abusivas de algunos de los restaurantes más prestigiosos en España.
La realidad es que este tipo de prácticas son ilegales o, como mínimo, alegales.
CHEF & LAW propone revisar la regulación en Francia, donde los stagiers.
Por ejemplo, deben de recibir un sueldo de entre 500 y 600 euros a partir del tercer mes.
El ejemplo de Francia es muy clarificador para el caso de los Stagiers de los restaurantes de Alta Cocina en España, según explica la abogada Julia Mediavilla, socia de CHEF & LAW: “además de limitar las prácticas sin remuneración económica a dos meses, también se limita a tres la cantidad de stagiers que puede tener en un restaurante de menos de veinte empleados y a un 15 por ciento de la plantilla si tienen más”.
Respecto a la legalidad de la práctica que hacen algunos restaurantes en España y que ha comenzado a denunciarse, la realidad es que ilegal o como mínimo, alegal, según CHEF & LAW.
Así lo explica Julia Mediavilla: “el Estatuto de los Trabajadores tiene previsiones muy concretas con respecto a los contratos de trabajo en prácticas, que pueden realizarse una vez concluida la formación o el contrato de formación y aprendizaje, que es el que se establece mediante un convenio con la escuela.
En ninguno de los dos casos el contrato puede ser no retribuido, ya que dependiendo de las horas de trabajo real, se debe calcular el porcentaje del salario establecido en el convenio que corresponde.
En ninguno de los dos se permite que este tipo de trabajadores hagan más de 40 horas semanales, 30 en el caso de los contratos de formación y aprendizaje”.
En referencia a algunas voces dentro del sector que justifican esta figura en la necesidad del estudiante de terminar su formación mediante la inserción en el mundo laboral, aprendiendo de las presiones y el desarrollo real de una cocina, desde CHEF & LAW se recuerda que el sentido común, la educación y el respeto deben presidir todas las relaciones, ya sean laborales o no.
Así lo explica Julia Mediavilla: “Las escuelas deben seleccionar muy concienzudamente los restaurantes con los que firman convenios y el trato que se da allí a sus estudiantes.
La necesidad de labrarse un futuro, no puede ser excusa para la renuncia a derechos laborales consolidados en nuestro entorno. Y el corporativismo tampoco”.
Qué son los Stagiers de los restaurantes de Alta Gastronomía
Los llamados Stagiers de los restaurantes de Alta Gastronomía no son trabajadores con un contrato de prácticas, ni de formación.
Se trata de estudiantes, cuyas Escuelas llegan a acuerdos con determinados restaurantes, a poder ser de renombre, para que sus estudiantes pasen allí un tiempo aprendiendo.
En muchos casos, hablamos de períodos de formación de varios meses, en los que los estudiantes reciben principalmente la formación y la experiencia adquirida en la cocina.
Dependiendo del restaurante y de la escuela, a veces se concierta con habitación y comida, a veces se estipula una pequeña cantidad económica como compensación por los gastos, y a veces nada de lo anterior.
Con respecto a turnos, horarios de trabajo, condiciones del alojamiento etc, hay de todo.
El restaurante lo que hace es establecer con la Escuela un convenio de colaboración, no uno de prácticas, pero el joven está cubierto por su seguro como estudiante. Se trata de unas prácticas voluntarias, ya que si fueran obligatorias y necesarias para obtener la titulación, nos encontraríamos ante un contrato formativo y como tal, sujeto al Estatuto de los Trabajadores.
Como conclusión Julia Mediavilla sentencia: “tal vez algunos chefs de Alta Cocina nacional tengan que decidirse: o tienen un restaurante o una escuela. Porque claro que hay escuelas en las que se hacen también prácticas, pero no ofrecen un menú de 300 euros”.
En todo caso, hay que tener presente el sentido común la educación y el respeto deben presidir todas las relaciones, ya sean laborales o no, y que las escuelas deben seleccionar muy concienzudamente los restaurantes con los que firman convenios y el trato que se da allí a sus estudiantes.
La necesidad de labrarse un futuro no puede ser excusa para la renuncia a derechos laborales consolidados en nuestro entorno, y el corporativismo tampoco.
Julia Mediavilla y Juan Ignacio Macías socios de Chef & Law